ADOPCION Y ACOGIMIENTO |
¿QUE ES? |
La adopción es la institución jurídica del derecho de Familia, mediante la cual un persona se integra plenamente en la vida de familia de otra persona o personas, con los mismo efectos que produce la filiación biológica. |
Principalmente es una medida de protección hacía aquellos menores que no pudiendo disfrutar de su propia familia de origen no tienen ninguna posibilidad de retorno a dicha familia. |
¿QUE TIPOS EXISTEN? |
Existen varios tipos:
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Acogimiento familiar de un menor, que supone la plena integración del niño en la vida de la familia que lo acoge, que se compromete a tenerlo consigo, educarlo, cuidarlo, como si fuese un miembro más, proporcionándole una formación plena como persona. A su vez se dividen en: simple, permanente, preadoptivo, abierto y A.F. especial (AFES).
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Adopción nacional, cuyo objetivo se basa en garantizar el derecho que todo niño tiene a desarrollarse en un ambiente familiar normal.
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Adopción internacional, que tiene los mismos objetivos que la adopción nacional.
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¿QUIEN PUEDE ADOPTAR? |
| Para poder adoptar se deben cumplir las siguientes condiciones: |
- Ser mayor de 25 años y tener como mínimo 14 años más que la persona adoptada. En el caso en que la adopción la soliciten matrimonios o parejas de hecho de forma conjunta, bastará con que uno de ellos cumpla el requisito de la edad. |
- Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles, esto es, no haber sido incapacitado judicialmente. |
- No haber sido privados legalmente de la patria potestad sobre el menor ni tampoco las personas que han sido destituidas de un cargo tutelar. |
- No podrá ser adoptante, el tutor en lo que respecta a su tutelado, hasta que no haya sido aprobada la rendición de cuentas que debe presentarse al final del ejercicio del cargo tutelar. |
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