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DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

Qué es:

  • El Documento Nacional de Identidad es un documento personal e intransferible emitido por el Ministerio del Interior que goza de la protección que a los documentos públicos y oficiales otorgan las leyes. Su titular estará obligado a la custodia y conservación del mismo.

  • Dicho Documento tiene suficiente valor, por sí solo, para acreditar la identidad y los datos personales de su titular que en él se consignen, así como la nacionalidad española del mismo.

  • Igualmente, el Documento Nacional de Identidad permite a los españoles mayores de edad y que gocen de plena capacidad de obrar la identificación electrónica de su titular, así como realizar la firma electrónica de documentos, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
    La firma electrónica realizada a través del Documento Nacional de Identidad tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel.

  • Todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, siendo obligatoria su obtención por los mayores de catorce años residentes en España y para los de igual edad que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses. No obstante, podrá obtenerse antes, desde la inscripción del menor en el Registro Civil.

  • Todas las personas obligadas a obtener el Documento Nacional de Identidad lo están también a exhibirlo cuando fueren requeridas para ello por la Autoridad o sus Agentes.

  • La fotocopia del DNI no tiene valor si no va acompañada del original.

 

  • En las Comunidades Autónomas con lengua cooficial (Cataluña, País Vasco, Galicia, Comunidad Valenciana e Illes Balears) el Documento Nacional de Identidad se expide, además de en castellano, en el idioma cooficial de la respectiva Comunidad Autónoma.

Cómo obtenerlo:

Para obtener el Documento Nacional de Identidad del recién nacido, debe dirigirse al Registro Civil o Centro de Gestión y Participación que corresponda al domicilio de los padres, o puede realizarlo en la unidad Sanatorial u Hospitalaria donde se produjo el nacimiento, si la misma cuenta con este servicio. En todos los casos debe presentar Certificado de profesional médico habilitado del Sanatorio o Unidad Hospitalaria, para obtener la Partida de Nacimiento con este requisito previo se otorga el Documento Nacional de Identidad.

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